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Calendario de autónomos: Impuestos y declaraciones que tendrán que presentar en 2022


Comienza un nuevo año para el colectivo de autónomos un nuevo ejercicio en el que encontrarán algunos cambios en su calendario fiscal. Durante este periodo pandémico, los trabajadores por cuenta propia ya han visto más de una novedad en su actividad, como la famosa Hoja Covid. No obstante, la mayoría de impuestos y declaraciones de estos profesionales se mantendrán estables. Estas son las fechas en las que tendrán que presentarlas.

Enero

– Modelo 111: la declaración para pagar las retenciones de IRPF de las nóminas de los trabajadores y facturas de profesionales. Tendrán hasta el 20 de enero para presentarlo.

– Modelo 115: el formulario de Hacienda para declarar y liquidar las retenciones del IRPF practicadas en el pago de sus alquileres a lo largo del trimestre. Tendrán hasta el 20 de enero para presentarlo.

– Modelo 303: el pago fraccionado del IVA, por el que se abona a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas y el IVA soportado en facturas de gastos. Tendrán hasta el 31 de enero para presentarlo.

– Modelo 130 o 131: la declaración para liquidar el pago fraccionado a cuenta del IRPF. Depende del régimen en el que se tribute se presentará uno u otro. Tendrán hasta el 31 de enero para presentarlo.

– Modelo 390: obligatorio para todos aquellos trabajadores autónomos que presentan de manera periódica la autoliquidación del IVA. Tendrán hasta el 31 de enero para presentarlo.

– Modelo 180: la declaración informativa sobre las retenciones de alquiler que pagadas durante todo el año. Tendrán hasta el 31 de enero para presentarlo.

– Modelo 190: el resumen anual de las retenciones realizadas en el IRPF a los trabajadores o a otros autónomos. Tendrán hasta el 31 de enero para presentarlo.

– Modelo 184: la declaración anual de ingresos, gastos y beneficios que tienen que hacer algunas sociedades no mercantiles. Tendrán hasta el 31 de enero para presentarlo.

– Modelo 349: la declaración periódica de las operaciones intracomunitarias. Tendrán hasta el 31 de enero para presentarlo.

Febrero

– Modelo 347: la declaración de operaciones superiores a 3.005,06 euros. Tendrán hasta el 28 de febrero para presentarlo.

Marzo

– Modelo 720: la declaración de bienes en el extranjero. Tendrán hasta el 31 de marzo para presentarlo.

Abril

– Modelo 100: el documento para poder hacer la devolución o ingreso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Tendrán hasta el 15 de abril para presentarlo. Esta fecha es para presentar los borradores.

– Modelo 111: la declaración para pagar las retenciones de IRPF de las nóminas de los trabajadores y facturas de profesionales. Tendrán hasta el 20 de abril para presentarlo.

– Modelo 115: el formulario de Hacienda para declarar y liquidar las retenciones del IRPF practicadas en el pago de sus alquileres a lo largo del trimestre. Tendrán hasta el 20 de abril para presentarlo.

– Modelo 303: el pago fraccionado del IVA, por el que se abona a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas y el IVA soportado en facturas de gastos. Tendrán hasta el 20 de abril para presentarlo.

– Modelo 130 o 131: la declaración para liquidar el pago fraccionado a cuenta del IRPF. Depende del régimen en el que se tribute se presentará uno u otro. Tendrán hasta el 20 de abril para presentarlo.

– Modelo 202: declaración tributaria donde se liquida y paga el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades. Tendrán hasta el 20 de abril para presentarlo.

– Modelo 309: la declaración para ingresar el IVA a Hacienda para quienes no tienen obligación de presentar las declaraciones periódicas de IVA. Tendrán hasta el 20 de abril para presentarlo.

– Modelo 349: la declaración periódica de las operaciones intracomunitarias. Tendrán hasta el 20 de abril para presentarlo.

Junio

– Modelo 714: la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. Tendrán hasta el 24 de junio para presentarlo.

– Modelo 100: el documento para poder hacer la devolución o ingreso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Tendrán hasta el 30 de junio para presentarlo.

Julio

– Modelo 111: la declaración para pagar las retenciones de IRPF de las nóminas de los trabajadores y facturas de profesionales. Tendrán hasta el 20 de julio para presentarlo.

– Modelo 115: el formulario de Hacienda para declarar y liquidar las retenciones del IRPF practicadas en el pago de sus alquileres a lo largo del trimestre. Tendrán hasta el 20 de julio para presentarlo.

– Modelo 303: el pago fraccionado del IVA, por el que se abona a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas y el IVA soportado en facturas de gastos. Tendrán hasta el 20 de julio para presentarlo.

– Modelo 130 o 131: la declaración para liquidar el pago fraccionado a cuenta del IRPF. Depende del régimen en el que se tribute se presentará uno u otro. Tendrán hasta el 20 de julio para presentarlo.

– Modelo 309: la declaración para ingresar el IVA a Hacienda para quienes no tienen obligación de presentar las declaraciones periódicas de IVA. Tendrán hasta el 20 de julio para presentarlo.

– Modelo 349: la declaración periódica de las operaciones intracomunitarias. Tendrán hasta el 20 de julio para presentarlo.

– Modelo 369: el formulario para ingresar el IVA de los países europeos en los que se ha facturado. Tendrán hasta el 20 de julio para presentarlo.

– Modelo 200: la declaración anual del impuesto de sociedades. Tendrán hasta el 26 de julio para presentarlo.

Octubre

– Modelo 111: la declaración para pagar las retenciones de IRPF de las nóminas de los trabajadores y facturas de profesionales. Tendrán hasta el 20 de octubre para presentarlo.

– Modelo 115: el formulario de Hacienda para declarar y liquidar las retenciones del IRPF practicadas en el pago de sus alquileres a lo largo del trimestre. Tendrán hasta el 20 de octubre para presentarlo.

– Modelo 303: el pago fraccionado del IVA, por el que se abona a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas y el IVA soportado en facturas de gastos. Tendrán hasta el 20 de octubre para presentarlo.

– Modelo 130 o 131: la declaración para liquidar el pago fraccionado a cuenta del IRPF. Depende del régimen en el que se tribute se presentará uno u otro. Tendrán hasta el 20 de octubre para presentarlo.

– Modelo 202: declaración tributaria donde se liquida y paga el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades. Tendrán hasta el 20 de octubre para presentarlo.

– Modelo 349: la declaración periódica de las operaciones intracomunitarias. Tendrán hasta el 20 de octubre para presentarlo.

– Modelo 369: el formulario para ingresar el IVA de los países europeos en los que se ha facturado. Tendrán hasta el 20 de octubre para presentarlo.

Noviembre

– Modelo 179: la declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Tendrán hasta el 2 de noviembre para presentarlo.

– Modelo 232: la declaración que obliga a las sociedades a informar sobre operaciones realizadas en los países que Hacienda califica como paraísos fiscales. Tendrán hasta el 30 de noviembre para presentarlo.

– Modelo 303: el pago fraccionado del IVA, por el que se abona a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas y el IVA soportado en facturas de gastos. Tendrán hasta el 30 de noviembre para presentarlo.

Diciembre

– Modelo 202: declaración tributaria donde se liquida y paga el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades. Tendrán hasta el 20 de diciembre para presentarlo.


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