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Condiciones de la ‘cuota cero’, la ayuda para los autónomos



Con la última reforma adelantada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, las cuotas de autónomos fueron modificadas. Según la nueva reforma, las cuotas variarán en función de los ingresos a partir de 2023. Así mismo, la cuota plana de los primeros años, pasará a ser una cuota reducida que aplicará los primeros 24 meses, según los ingresos devengados.


Como una forma de adherirse a estos nuevos cambios y facilitar aún más el trabajo de los autónomos, algunas comunidades han ampliado el beneficio. Se trata de la ‘cuota cero’ con la que comunidades como Madrid, Andalucía o Murcia ofrecen una bonificación del 100% en la cuota mensual de la Seguridad Social.


De acuerdo con los gobiernos autonómicos, los beneficiarios de esta ley serán los trabajadores autónomos que inicien actividades por primera vez en 2023. De este modo, en lugar de pagar 80 euros hasta un máximo de dos años, como lo establece la nueva ley. Los nuevos autónomos de las comunidades mencionadas no tendrán que pagar nada. Con excepción del segundo año si sus ingresos superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) actualmente en 1000 euros.


Con esta nueva ayuda, los nuevos autónomos podrán ahorrarse cerca de 960 euros anuales durante el primer año y 1.920 euros durante el segundo, si sus ingresos no superan el SMI. Aunque las convocatorias para solicitar esta ayuda aún no están abiertas, los criterios para aplicar a la ‘Cuota cero’ serán los mismos que para la actual ‘Tarifa plana’.


Es decir, acudir a la correspondiente Comunidad Autónoma aportando la siguiente documentación:


· Documento que acredite estar de alta en el RETA


· Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (modelo 036-037)


· Estar al día con los pagos a la Agencia Tributaria


· DNI o NIE en vigor


· Estar al corriente del pago de la Seguridad Social.


Fuente: Ideal

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