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Hacienda ya está enviando las cartas del miedo a cientos de miles de contribuyentes

  • asopticasmadrid
  • hace 4 días
  • 3 Min. de lectura
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Casi cuatro meses después de la finalización de la Campaña de la Renta, miles de contribuyentes españoles están recibiendo las temidas 'cartas del miedo' de Hacienda con las que el organismo pretende regularizar la situación de estos ciudadanos o solventar alguna duda relacionada con sus datos fiscales.


De acuerdo con el portal especializado TaxDown, el año pasado Hacienda envió dos millones de notificaciones a contribuyentes y la mayoría se llevó a cabo durante los últimos meses del año. Por eso, se prevé un arreón por parte del organismo antes de que finalice el ejercicio 2025.


De hecho, según las estimaciones del área fiscal de TaxDown conforme a los requerimientos de sus usuarios, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre llega el 60% de estas 'cartas del miedo', por lo que estaríamos hablando de cientos de miles de contribuyentes.


El éxito de estas notificaciones se sustenta en datos: desde su implantación en 2016, los contribuyentes han pagado hasta 1.600 millones de euros más, una muestra de que los avisos de Hacienda funcionan.


Qué son las 'cartas del miedo' de Hacienda


Los expertos de TaxDown explican que las 'cartas del miedo' son las notificaciones que envía Hacienda cuando "ha visto alguna irregularidad o incidencia fiscal en la presentación de la declaración de la Renta", caso en el que "suele solicitar documentos adicionales a los ya presentados".


También puede darse la circunstancia de que la declaración de la Renta del contribuyente esté presentada de forma correcta y tan solo quiera comprobar alguna que otra información antes de proceder con la liquidación del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).


Estas 'cartas del miedo' se suelen recibir de forma física por correo postal, aunque en algunos casos (si Hacienda tiene los datos del contribuyente) se pueden recibir vía SMS en nuestro teléfono móvil.


Los diferentes tipos de 'cartas del miedo' que envía Hacienda


Carta informativa: es una carta con fines informativos que no es necesario responder. Eso sí, es muy conveniente verificar que se ha recibido en los canales oficiales de Hacienda.


Requerimiento: es una notificación que Hacienda manda al contribuyente cuando detecta datos que no coinciden en los informes fiscales. Es obligatorio responder porque, de lo contrario, el organismo podrá sancionarnos.


Propuesta de liquidación: es la carta que llega cuando Hacienda cree que hay que modificar información que considera errónea en la declaración. En esa notificación se incluye un borrador modificado con los cambios aplicados para que el contribuyente lo verifique.


Resolución del procedimiento: es una carta con la conclusión final de los procedimientos que se hayan abierto con Hacienda, por lo que puede ser una resolución ganada o una en la que se nos conmine a pagar. En este último caso vendría acompañada de una carta de pago.


Providencia de apremio: esta carta incluye un calendario de pagos para que el contribuyente salde su deuda.


Diligencia de embargo: en este caso Hacienda informa del embargo de un bien del contribuyente, de parte de su salario o del dinero de su cuenta. En TaxDown informan de que es imprescindible pagar para que se levante el embargo porque, de lo contrario, Hacienda podría subastar esos bienes, que el contribuyente perdería para siempre.


Inicio de investigación de inspección: una solicitud de documentación en el marco de una inspección de Hacienda.


Expediente sancionador: esta carta es la confirmación oficial de que el contribuyente ha cometido alguna infracción fiscal.


Sanciones por no pagar a Hacienda


De igual forma, TaxDown señala que otra de las causas por las que puede llegarle una 'carta del miedo' a un contribuyente es que no haya saldado su deuda con Hacienda por un resultado 'a pagar' tras la presentación de la declaración de la Renta.


En ese caso, pueden darse dos situaciones:


Si el contribuyente se da cuenta y paga de forma voluntaria, solo afrontará un recargo del 5% sobre la deuda.


En el caso de que llegue la 'carta del miedo', ese requerimiento de Hacienda, el recargo puede ser de entre el 10% y el 20% del importe de la deuda, en función de si se paga antes o después.


 
 
 

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